Eje cronológico

Eje cronológico

miércoles, 3 de abril de 2013

Carthago Nova









lunes, 25 de febrero de 2013



El Cantón de Cartagena,
Cartagena fue el cantón más atrevido y posiblemente determinante en la resolución final de la Primera República Española. Su aventura duró 6 meses durante 1873 y 1874 .
El 12 de julio de 1873, los revolucionarios se hacen con el gobierno civil , el militar y entran en el Ayuntamiento de Cartagena nombrando una Junta que en nombre del Cantón Independiente de Cartagena y toman el control del arsenal y del puerto, donde estaba amarrada la mayoría de la flota española, la cual se une a la sublevación. En el Castillo de Galeras se iza la bandera cantonalista, una bandera turca que una vez pintada de rojo la media luna , es la sangre derramada, se identificará con el Cantón


Lógicamente, el proyecto cantonalista es rechazado por las Cortes y dimite el presidente Pi y Margall , el 18 de julio ( otra vez esta fecha...) le sustituyó Salmerón.
Los cartageneros , con el armamento del arsenal y su flota, resisten el contraataque de las tropas gubernamentales. La armada cantonalista, al mando del militar progresista Antonete Gálvez, de Torreagüera, “tonete” para los amigos y a la orden de “a toa máquina” y con 500 hombre del Batallón de Cazadores de Mendigorría a bordo llegaron a bombardear con la fragata Victoria el puerto de Alicante . Se recaudan 8.000 duros y se incautan el vapor de guerra Vigilante. También organizó una marcha sobre Madrid, llegando hasta Chinchilla ( Albacete)... hubiera sido una buena oportunidad para los Carlistas. El objeto de estas incursiones por mar y tierra era incorporar localidades al cantón, y recaudar fondos o «contribuciones de guerra» para mantener el Cantón independiente
Cartagena era en ese momento un país independiente y tenía moneda propia, se acuñó el Duro Cantonal, con ello pretendían costear los gastos generados durante el periodo de lucha por su independencia. Se editaba un periódico propio ,llamado "El Cantón Murciano" . El gobierno independiente, se pone en contacto con el de Estados Unidos y solicita su ingreso en la Unión y le pide ayuda para mantener su independencia frente al poder centralista de Madrid, los americanos estudiaron seriamente la propuesta, pero su resolución ya llego tarde.

Después de seis meses de asedio , Cartagena se rinde el 12 de enero de 1874 al general López Domínguez. Se condenó a muerte a los culpables de rebelión y muchos huyeron al exilio en Argelia. La ciudad fue devastada por un intenso bombardeo, que destruyó el 70 % de los edificios de Cartagena. 

 

Entrada de Tropas Republicanas


Antonio Gálvez, líder del cantón murciano

sábado, 2 de febrero de 2013

Django desencadenado

En su película “Django sin cadenas”, Quentin Tarantino aborda el horror de la esclavitud de negros africanos en los Estados Unidos durante el siglo XIX, pero lo hace en clave de spaghetti western, humor y violencia extrema, narrando el viaje de un esclavo que busca liberar a su esposa y un caza recompensas alemán que lo ayuda y acompaña en su odisea. La película comienza en algún lugar de Texas en 1858, dos años antes del comienzo de la Guerra de Secesión entre los estados de la Unión, en el Norte liberal, industrial y abolicionista, y los Estados Confederados del sur, que prosperaban gracias una economía agraria basada en la esclavitud de hombres y mujeres negros traídos desde Africa.

Tarantino rinde homenaje al spaghetti western, un subgénero del western estadounidense llamado así en los `60 y `70 por su origen italiano (aunque también se filmaba mucho en España)

 







DURACIÓN

165 min.


DIRECTOR Quentin Tarantino
GUIÓN Quentin Tarantino


FOTOGRAFÍA Robert Richardson
REPARTO Jamie Foxx, Christoph Waltz, Leonardo DiCaprio, Kerry Washington, Samuel L. Jackson, Don Johnson, Walton Goggins, James Remar, Dennis Christopher, Michael Parks, Bruce Dern, Franco Nero, Jonah Hill, Tom Savini, M.C. Gainey, RZA, Todd Allen, James Russo, Tom Wopat, Misty Upham, Gerald McRaney, Cooper Huckabee, Laura Cayouette, Amber Tamblyn
PRODUCTORA Sony Pictures / The Weinstein Company


PREMIOS 2012: Oscars: 5 nominaciones, incluyendo mejor película, guión y actor sec. (Waltz)
2012: Globos de Oro: Mejor guión y actor secundario (Waltz). 5 nominaciones
2012: Critics Choice Awards: Mejor guión original. Nominada a mejor película
2012: Premios BAFTA: 5 nominaciones, incluyendo mejor director
2012: National Board of Review (NBR): 10 mejores films y mejor actor sec. (Dicaprio)
2012: Asociación de Críticos de Los Angeles: 2º puesto para mejor actor sec. (Waltz)
2012: American Film Institute: Top 10 - Mejores películas del año
GÉNERO Western. Acción. Drama | Drama sureño. Esclavitud. Racismo. Spaghetti Western
SINOPSIS Dos años antes de estallar la Guerra Civil Americana (1861-1865), King Schultz (Christoph Waltz), un cazador de fugitivos alemán que le sigue la pista a unos asesinos, le promete al esclavo negro Django (Jamie Foxx) dejarlo en libertad si le ayuda a atraparlos

REINADO DE ISABEL II


martes, 29 de enero de 2013

TEMA 8 LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO LIBERAL (1833-1868) Y EL SEXENIO DEMOCRÁTICO (1868-1874)



TEMA 8
LA  CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO LIBERAL (1833-1868)  Y EL SEXENIO DEMOCRÁTICO (1868-1874)
      INTRODUCCIÓN
     1. EL CARLISMO y LA GUERRA CIVIL
      2. ISABEL II: LA ORGANIZACIÓN DEL RÉGIMEN LIBERAL  
     2.1. EL PARTIDO MODERADO
      2.2. LOS PROGRESISTAS
     2.3 Otros
     3 TRANSFORMACION ES ECONÓMICAS DEL S. XIX; LAS DESAMORTIZACIONES 
     3.1. DOBLE DESAMORTIZACIÓN ECLESIÁSTICA Y CIVIL
      D. Mendizabal
      D. Madooz
      4. EL SEXENIO REVOLUCIONARIO (1868-1874)
     4.1  La Gloriosa
     4.2. LA CONSTITUCIÓN DE 1869  
     4.3. EL REINADO DE AMADEO DE SABOYA  
     4.4. LA PRIMERA REPÚBLICA
INTRODUCCIÓN

Las décadas centrales del siglo XIX (desde 1833 hasta 1868), se caracterizan por ser un periodo de cambios que afectaron a todos los aspectos de la vida en España. Podemos destacar la sustitución del viejo sistema absolutista por otro de tipo liberal, con constituciones, limitación del poder regio, partidos políticos, elecciones, etc. No obstante, la inestabilidad, las guerras civiles y el protagonismo político de los militares son caracteres que demuestran la debilidad del nuevo régimen, como se aprecia también en las dificultades que tiene éste para imponerse sobre los partidarios del absolutismo (los carlistas). Con la revolución de 1868 se inicia un periodo del seis años en el que se van a ensayar distintas soluciones democráticas que desembocarán en la I República española

1. EL CARLISMO y LA GUERRA CIVIL

A partir de 1833 se produjo la desaparición definitiva del Antiguo Régimen, tras los dos intentos frustrados anteriores de implantar el liberalismo: el de las Cortes de Cádiz (1810-14) y el del Trienio Liberal (1820-23). Sin embargo el proceso que comienza con la muerte de Fernando VII y la ascensión al trono de su hija Isabel II no fue fácil, sino traumático: una guerra civil. En efecto, las tensiones acumuladas en los últimos años del reinado anterior estallaron cuando los absolutistas más ultras, denominados apostólicos y más tarde carlistas, no aceptaron la pérdida de la corona por parte de Carlos María Isidro, con lo que eso significaba políticamente, y comenzaron una guerra para la que llevaban ya tiempo preparándose. Por tanto el enfrentamiento entre Carlos María Isidro y María Cristina (madre de la reina Isabel, de la que actúa como regente) es una cuestión dinástica, pero con un claro trasfondo político: los carlistas pretenden mantener el Antiguo Régimen mientras que los que quieren acabar con él (liberales) apoyaban la causa de Isabel II.
EL CARLISMO constituye una ideología reaccionaria que se caracteriza por la defensa de los fueros vascos y navarros (que peligraban si se imponía el liberalismo, dado que éste tiende a la unificación legislativa), el tradicionalismo (rechazo de la “modernidad”, entendida como degeneración y pérdida de la identidad propia y de las costumbres), el ruralismo (exaltación de la vida campesina frente al proceso creciente de urbanización, por la deshumanización que ésta comporta) y la intransigencia religiosa (pretendía mantener los privilegios del clero así como restablecer la Inquisición). Su lema es Dios, Patria y Rey. Su ámbito geográfico y social era principalmente el País Vasco y Navarra, debido a su defensa de los fueros, y, en menor medida, las zonas montañosas de Cataluña, Valencia y Aragón. En el resto de España el apoyo a la causa carlista fue bastante minoritario (únicamente un sector importante del clero, algunos nobles campesinos muy apegados a la tradición). Sin embargo Carlos María Isidro pretendía ser rey de toda España y en ningún modo separar al País Vasco y Navarra de aquélla. Los escándalos personales y financieros que provocaba constantemente la regente María Cristina produjeron un aumento de simpatías hacia la causa de su cuñado Carlos, cuya conducta privada era intachable.


La Primera Guerra Carlista (1833-1840) fue una guerra civil pero con trascendencia internacional. Esto último se debe a que las principales potencias absolutistas (Rusia, Austria y Prusia) apoyaron a Carlos mientras que los países de régimen liberal (Francia, Portugal e Inglaterra) ayudaron a Isabel. El apoyo inglés y francés al bando liberal obedecía no sólo a razones de afinidad política, sino también al compromiso de María Cristina de pagar la deuda exterior que había contraído el gobierno durante el Trienio Liberal y que Fernando VII, tras la segunda restauración absolutista, no había querido reconocer. Además el gobierno liberal se comprometía a abrir el mercado español a los productos y capitales extranjeros. La ayuda inglesa se concretó en el envío de 10.000 soldados voluntarios y la concesión de créditos y de una gran cantidad de armamento.
La guerra se caracterizó por su gran crueldad y ocasionó unos 200.000 muertos. De los choques iniciales salieron vencedores los carlistas, gracias a la eficacia y rapidez en las acciones de su general en jefe Zumalacárregui, un genial estratega que ya había participado como capitán en la Guerra de Independencia. Otra razón fue la lentitud e indecisión de la regente María Cristina en el envío de tropas a las zonas sublevadas, puesto que hasta el último momento esperó lograr un acuerdo con su cuñado que evitase la guerra. Pese a sus éxitos iniciales y al dominio que ejercían sobre las zonas rurales del Norte, los carlistas fracasaron en su intento de conquistar ciudades importantes. Después de la muerte de Zumalacárregui en el asedio de Bilbao (1835), los liberales tomaron el control de la contienda, siendo dirigidos por el general Espartero. Sin embargo ésta se prolongó por la imposibilidad del ejército liberal de dar un golpe definitivo a sus adversarios carlistas, que habían adoptado con éxito el sistema de guerrillas y que encontraban el apoyo de la mayoría de los campesinos norteños. No obstante, el lógico desgaste que producía un conflicto tan largo y cruento explica la división del bando carlista entre los partidarios de negociar una paz honrosa (encabezados por el general Maroto, lorquino de nacimiento) y los que querían continuar a todo trance una guerra que era imposible ganar (el general Cabrera y el propio pretendiente don Carlos). Finalmente en agosto de 1839 tuvo lugar en la localidad de Vergara la firma oficial del tratado de paz entre el general carlista Maroto y el liberal Espartero (Convenio o “Abrazo de Vergara”). Por este tratado los carlistas aceptaban a Isabel II como reina, lo que suponía la aceptación de su derrota; a cambio los isabelinos se comprometían a respetar los fueros vascos y navarros, al tiempo que permitían la incorporación de los militares carlistas en el ejército español con plenos derechos. Sin embargo el acuerdo fue considerado como una traición por el sector más intransigente del carlismo, que, encabezado por el general Cabrera, continuó sus acciones bélicas un año más en algunas comarcas montañosas de Aragón y Valencia.


La derrota final obligó a Carlos Mª Isidro a refugiarse en el extranjero.

2. ISABEL II: LA ORGANIZACIÓN DEL RÉGIMEN LIBERAL

Durante el reinado de Isabel II se produce definitivamente el triunfo del liberalismo frente al sistema absolutista. La doctrina política liberal tiene su origen en las ideas de los filósofos ilustrados franceses e ingleses del siglo XVIII (Voltaire, Rousseau, Montesquieu, Locke). Sus ideas principales son: la soberanía nacional, la necesidad de que los estados tengan como ley máxima una constitución escrita, que incluya la relación de derechos y libertades (con especial insistencia en el derecho a la propiedad privada); la división de los poderes del estado; unas Cortes representativas de la voluntad de los ciudadanos; la independencia de la justicia; la limitación del poder del rey. Estas ideas responden a la ideología e intereses de la pujante burguesía europea que, gracias a las revoluciones liberales, se va a convertir en la clase políticamente dominante. También lo conseguirá en el aspecto económico, a través del proceso de Revolución Industrial.
Sin embargo en el caso español el triunfo del liberalismo político es más complejo, debido a la debilidad de la burguesía (lo que a su vez se debe a la falta de una auténtica Revolución Industrial), a la división de los liberales y a la fuerte resistencia de los antiguos estamentos privilegiados a perder sus derechos históricos. Ya durante el Trienio Liberal (1820-23) se había puesto de manifiesto la división del bando liberal entre doceañistas y veinteañistas, grupos que en tiempos de Isabel II se denominarán respectivamente moderados y progresistas, que son los principales partidos del reinado.

                        2.1. EL PARTIDO MODERADO representa los intereses de la nobleza, el clero y alta burguesía; defiende los poderes del rey; el centralismo político; un sistema de sufragio censitario muy restringido; Cortes bicamerales, con la creación de una cámara alta (Senado) en la que los antiguos estamentos privilegiados tienen el control; la obsesión por la seguridad y el mantenimiento del orden; defensa del clero y de la Iglesia Católica; restricción de los derechos ciudadanos, particularmente el de prensa; el proteccionismo económico. La constitución de 1845 es el documento que mejor refleja esta ideología. Sus líderes fueron Martínez de la Rosa, Bravo Murillo y, sobre todo, el general Narváez. Se puede concluir que el moderantismo es el resultado de una especie de pacto entre los grandes empresarios, los nuevos terratenientes, algunos altos mandos del ejército y los antiguos estamentos privilegiados. Este heterogéneo grupo social es el que ostentará el poder político y económico durante gran parte del siglo XIX y primeras décadas del XX formando una auténtica oligarquía.

                      2.2. LOS PROGRESISTAS proceden de las clases medias urbanas e intelectuales. Defienden la idea de una soberanía nacional representada sólo por las Cortes; el unicameralismo para acabar definitivamente con la influencia del clero en la vida política; la ampliación de los derechos de los ciudadanos, incluida la extensión del de sufragio; libertad de prensa; recorte del poder del monarca; transferencia de poder a los ayuntamientos (deseo de descentralización del estado); la libertad de cultos y el anticlericalismo (total separación de la Iglesia y el Estado); el librecambismo en el terreno económico. La constitución non nata de 1856 es el texto progresista por excelencia, dado que la de 1837, superficialmente considerada progresista, tiene sin embargo algunos elementos claramente moderados. Destacados progresistas fueron Mendizábal, Calatrava, Madoz y el general Espartero. En conclusión, el Progresismo español fue durante la primera mitad del siglo XIX el verdadero portavoz de las ideas del liberalismo político.



                        2.3. Además de estos dos partidos, hubo durante el reinado de Isabel II otros grupos políticos: UNIÓN LIBERAL (de tendencia de centro-derecha, tuvo un gran protagonismo en los gobiernos de la etapa final de Isabel II; su líder fue otro general, O´Donnell); PARTIDO DEMÓCRATA (que procede del progresismo; es partidario del sufragio universal; de su seno nacerán los grupos republicanos); CARLISTAS (desean la vuelta al Antiguo Régimen, por lo que están en contra del sistema liberal, al que se oponen por la vía armada; defienden el foralismo y los derechos tradicionales de la Iglesia y el clero).

Todo el reinado de Isabel II es una larga etapa caracterizada por la inestabilidad política, el estallido de las dos primeras guerras carlistas, el protagonismo político de los militares con la profusión de golpes de estado, la promulgación de múltiples constituciones (1834, 1837, 1845, 1856) y los frecuentes brotes de violencia de naturaleza política.
Se divide en dos periodos: entre 1833 y 1843 transcurre el de minoría de edad de la reina (etapa que a su vez se divide entre las regencias de María Cristina y la del general Espartero); y el de mayoría de edad de Isabel II (1843-68), durante el cual el Partido Moderado fue el que más tiempo estuvo en el gobierno (en consonancia con las ideas políticas conservadoras de la reina). Hechos sobresalientes ocurridos durante este reinado fueron las desamortizaciones de Mendizábal (1836-37) y Madoz (1855), la creación de la Guardia Civil (1844), el Concordato con el Vaticano (1851), la aparición de los ferrocarriles (primera línea en servicio: Barcelona-Mataró, 1848) y la regulación del sistema de enseñanza mediante la llamada Ley Moyano (1857).
El periodo final del reinado de Isabel II se caracteriza por el desprestigio de la reina y el consiguiente aumento de la oposición al régimen. Tras varios infructuosos intentos de golpes de estado antiborbónicos, finalmente triunfó la revolución de septiembre de 1868. Isabel II, falta de apoyos políticos, se vio obligada a exiliarse.



3 TRANSFORMACIONES ECONÓMICAS DEL S. XIX; LAS DESAMORTIZACIONES

Desde el punto de vista económico este periodo está marcado por la progresiva aparición de unas estructuras capitalistas, de forma que el antiguo sistema agrario de tipo señorial o feudal va dando paso muy lentamente a otro distinto caracterizado por los cambios en el sistema de propiedad de la tierra (desamortizaciones).

3.1. DOBLE DESAMORTIZACIÓN ECLESIÁSTICA Y CIVIL

Aunque a lo largo del siglo XIX fue perdiendo peso, la agricultura siguió siendo el sector económico más importante de nuestra economía, lo cual es indicativo del escaso desarrollo industrial de España en ese periodo. Los cambios más importantes en el sector agrícola afectaron a la estructura de la propiedad y a la creciente comercialización de los productos. En cambio, la productividad siguió siendo baja debido al uso de técnicas arcaicas. Por eso periódicamente se siguieron produciendo crisis de subsistencias, que afectaban al conjunto de la economía española.
El elemento clave en la reestructuración de la propiedad agraria fue la desamortización, proceso jurídico-político que consiste en sacar al mercado libre bienes que durante el Antiguo Régimen eran inalienables, tanto nobiliarios sometidos a la ley del mayorazgo (desvinculación) como de los ayuntamientos y de la Iglesia (bienes de “manos muertas”). Los pertenecientes a estos dos últimos habían sido previamente expropiados por el estado.
En un principio el objetivo fundamental de las desamortizaciones sería crear un campesinado libre que explotaría las tierras compradas con mentalidad capitalista de obtención del máximo beneficio económico, lo cual redundaría en un aumento de la producción y de la riqueza nacional. El modelo a seguir sería el de la Francia revolucionaria de 1789. Pero la realidad no fue así: los compradores de las tierras desamortizadas fueron los banqueros, comerciantes, industriales y nobles, es decir los únicos sectores poseedores de dinero en efectivo. En consecuencia, no fue posible constituir en España una clase de campesinos de propiedades medianas, como sí había sucedido en Francia durante la Revolución. Por el contrario, el latifundismo de baja productividad se acentuó. Para comprender el proceso de desamortización también es muy importante tener en cuenta las grandes dificultades de la Hacienda Pública española (deuda pública acumulada y déficit presupuestario crónico), lo que se debe tanto a las guerras que se producen en las cuatro primeras décadas del siglo XIX como a la necesidad de financiación de un estado moderno generador de un mayor gasto. Es por ello que el Estado recurre a la apropiación y posterior venta de las riquezas naturales del suelo y del subsuelo. Por tanto la agricultura y la minería fueron los sectores afectados. Es decir, el estado expropia los bienes de manos muertas y posteriormente los pone en venta mediante pública subasta. Es importante tener en cuenta que fueron los progresistas, en las escasas ocasiones que estuvieron en el gobierno, los que promulgaron las leyes de desvinculación y desamortización. El Partido Moderado (y por supuesto los carlistas) estuvo en contra de dichos procesos, aunque algunos de sus seguidores se beneficiaron del lucrativo negocio. De ahí se deduce que la desvinculación y la desamortización, aunque se trate de fenómenos de naturaleza económica, tuvieron también una importante trascendencia política.

La desvinculación de los bienes nobiliarios se hacía mediante un doble paso: en primer lugar se abolieron los señoríos feudales, con lo que los antiguos señores se convertían en propietarios libres y perdían los derechos jurisdiccionales sobre sus antiguos siervos; en un segundo momento, se suprimió la ley del mayorazgo (1820), ley castellana de origen medieval por la que el hijo primogénito de un noble recibía en herencia todos los bienes familiares, con la obligación de no venderlos, puesto que debía legarlos íntegros a la siguiente generación. Aunque Fernando VII restableció los mayorazgos tras recuperar sus poderes absolutos en 1823, serían definitivamente suprimidos por otra ley de 1836.
La desamortización de las tierras de la Iglesia y de los concejos constituye la medida más importante de la revolución liberal desde el punto de vista económico y social. Ya en el siglo XVIII, los ilustrados  consideraban que la enorme masa de bienes vinculados en manos de los privilegiados era la causa más importante del atraso agrario. Pero fue la enorme deuda de la Hacienda  la que llevó a la Corona a recurrir a la desamortización. Se trataba de expropiar a quienes tenían bienes vinculados para ponerlos después a la venta en pública subasta y con el importe eliminar las deudas del Estado.
El primer decreto desamortizador fue el de 1798 y afectó sólo a los bienes de algunas instituciones benéficas de la Iglesia. Después hubo varios intentos durante la Guerra de la Independencia y en el Trienio Constitucional, que quedaron frustrados al restablecerse el absolutismo.
3.1.1 LA DESAMORTIZACIÓN DE MENDIZÁBAL 1836
A partir de 1833 la desamortización se hizo ineludible. La guerra carlista obligó a buscar recursos mientras que la deuda pública había alcanzado niveles altísimos. Además el clima anticlerical se extiende por el país debido al apoyo de sectores de la Iglesia al carlismo, llevó al gobierno a decretar la expropiación. En febrero de 1836 se publicó el decreto de desamortización  de bienes del clero regular, la llamada desamortización de Mendizábal.
Para llevarla a cabo se dictaron tres decretos: el primero suprimía todas las órdenes religiosas (clero regular), excepto las que se dedicaban a la beneficencia; el segundo declaraba todos los conventos y propiedades de Iglesia bienes nacionales; y el tercero, ponía en venta mediante pública subasta todos estos bienes. El precio de la subasta era fijado de acuerdo con una previa tasación oficial y el importe de la venta se podía pagar o en títulos de la Deuda pública o en efectivo.
Los beneficiarios de estas ventas fueron los que tenían títulos de deuda pública, burgueses y propietarios agrícolas que disponían de capital para invertir en la compra de tierras. La operación resultó muy lucrativa ya que el precio de salida de las tierras se fijó muy por debajo de su precio real, las tierras salieron en grandes lotes y las subastas se realizaban en las capitales lejos en muchas ocasiones de donde se hallaban situadas. El resultado de esta desamortización fue que se amortizó sólo una parte de la deuda siendo las clases dirigentes los beneficiados ya que compraron grandes lotes mientras los campesinos no mejoraron su situación
          3.1.2. LA DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ 1855.

 Tras el parón que sufrió la desamortización con la llegada al poder de los moderados (Década Moderada, 1844-54), la vuelta de los progresistas en 1854 supuso un nuevo impulso. Promovida la nueva ley desamortizadora por el ministro Pascual Madoz, salieron a la venta los bienes eclesiásticos no vendidos anteriormente, los del estado, los de las Órdenes Militares y los bienes de propios (pertenecientes a los ayuntamientos, cuyas rentas por su alquiler se destinaban al mantenimiento de los mismos) y de comunes (también propiedad de los ayuntamientos, pero cuyo disfrute correspondía libremente a todos los vecinos del municipio). Es decir, fueron privatizadas todas las tierras que hasta entonces eran de propiedad colectiva. El valor total de los bienes desamortizados por Madoz (11.300 millones de reales) duplicó el de la desamortización de Mendizábal. Aunque el procedimiento desamortizador de 1855 fue similar al anterior (es decir, primero la expropiación y después la venta de los bienes mediante subasta pública), el dinero obtenido tuvo un fin distinto: la compra de deuda pública por los ayuntamientos (así se pretendía garantizar el mantenimiento de ingresos por parte de estos ayuntamientos por medio de los intereses) y construcción del tendido del ferrocarril principalmente.


Balance de las desamortizaciones: Los objetivos de las leyes desamortizadoras sólo se cumplieron en pequeña medida por diversas razones:
- Muy pocos campesinos sin tierra pudieron acceder a la propiedad de las fincas desamortizadas, pues no se les ofrecieron suficientes facilidades de pago. La propiedad agraria en el centro y sur del país continuó concentrada, incluso más que antes, en unos pocos la tifundistas.
 - La burguesía compradora a veces siguió imitando el tradicional modelo de explotación de la tierra de la nobleza, por lo que la productividad de las tierras no mejoró sustancialmente.
 - Se agravó la situación de más de tres millones de campesinos no propietarios, que resultaron muy perjudicados por la privatización de las tierras municipales, lo que desembocó en situaciones de violencia (sobre todo en el Sur) y en una emigración masiva hacia las ciudades y el extranjero.
- Aunque las desamortizaciones aliviaron los problemas de la Hacienda Pública, el dinero obtenido por el estado fue muy inferior al valor real de las fincas.
 Se perdieron muchos tesoros artísticos al desaparecer los templos y monasterios afectados por la desamortización.

4.      EL SEXENIO REVOLUCIONARIO (1868-1874)

4.1  La Gloriosa
          La revolución de septiembre de 1868, conocida como “la Gloriosa”, comenzó  con la sublevación de  la  escuadra  del almirante Topete en Cádiz, los cuarteles del país se fueron sumando hasta que, en Alcolea, las tropas de Serrano derrotan a las del gobierno de Isabel II y esta se ve obligada a exiliarse

 Entre las causas que dan lugar a la revolución de 1868 podemos señalar:
-           Las Económica: la crisis financiera, la explotación del ferrocarril provoca pérdidas que se traducen en una caída del precio de las acciones, afectando al Estado y a entidades financieras, y la crisis industria, la guerra de Secesión americana provoca el denominado “hambre de algodón” que incide en el aumento de los precios de los productos por encarecimiento de la materia prima, que repercute en el consumo, que cae, forzando al cierra de fábricas y al aumento del paro.
-          Las políticas: Los intentos de levantamiento habían  fracasado entre ellos el Levantamiento de los Sargentos del Cuartel De San Gil y fueron reprimidos duramente por  O’Donnell (1866) Dando lugar al descontento de buena parte del ejercito que se une a la revolución . Por otra parte en Ostende (1866), se habían reunido la oposición al régimen, progresistas, demócratas y unionistas (1867) y habían llegado al acuerdo de destronar a Isabel II y convocar  Cortes Constituyentes.
Prim se convertirá en el auténtico hombre fuerte del nuevo régimen. Ya en el poder, se marcó como objetivo acabar con el corrupto, autoritario e inoperante sistema político isabelino. Para ello necesitaba promulgar una constitución verdaderamente democrática y encontrar un rey que cumpliera dos requisitos: no debía ser de la desprestigiada dinastía de Borbón y tenía que aceptar los principios de la monarquía constitucional. Provisionalmente Pascual Madoz ocupó la presidencia de un gobierno que convocó elecciones a Cortes Constituyentes, cuyo resultado sería una mayoría progresista. El general Serrano fue nombrado regente mientras Prim se convertía en el primer Jefe del Gobierno.

4.2. LA CONSTITUCIÓN DE 1869

Fue redactada y aprobada en cinco meses. Recoge los principios del progresismo: disminución de poder del ejecutivo (el gobierno) en favor del legislativo (las Cortes) para evitar el autoritarismo; monarquía democrática (“el rey reina, pero no gobierna”), lo que ocasionó la protesta de los grupos republicanos, que habían colaborado en la revolución y que esperaban la proclamación de la República; independencia efectiva del poder judicial; sufragio universal masculino; amplio capítulo de derechos civiles (incluidas las libertades de imprenta y asociación); libertad de culto; soberanía nacional; Cortes bicamerales; responsabilidad política del Gobierno ante las Cortes. Esta constitución democratizaba la vida política, pero decepcionó a los que defendían también un cambio económico y social en favor de las clases trabajadoras y campesinas. Ello explica la frustración de éstas y su evolución hacia las tendencias revolucionarias.



Aprobada la Constitución, el siguiente objetivo era encontrar en Europa un rey partidario de la democracia, labor a la que se dedicó Prim en medio de graves problemas: sublevación independentista cubana y graves desórdenes sociales tanto en el campo como en las ciudades promovidos por los republicanos y anarquistas. Tras descartar varios candidatos, Prim propuso a Amadeo de Saboya, hijo del rey de Italia Víctor Manuel II, siendo aceptado por las Cortes en noviembre de 1870.

4.3. EL REINADO DE AMADEO DE SABOYA (diciembre de 1870-febrero de 1873)

Periodo en el que continuó la inestabilidad política. La muerte en atentado de Prim, quien era su principal valedor, coincidió con la llegada del joven rey a España. Amadeo, a pesar de sus buenas intenciones, encontró escasos apoyos en la sociedad española y sí en cambio la enemistad declarada de la nobleza y el clero, de los republicanos, de los monárquicos alfonsinos y del incipiente movimiento obrero. Además en 1872 estalla una nueva sublevación de los carlistas que pretendían entronizar a “Carlos VII” (tercera guerra carlista). Este nuevo intento no acabará hasta 1876, ya en tiempos de la Restauración. Mientras, continuaba la guerra en Cuba (1868-78). Criticado ferozmente por la prensa, que hizo uso de la libertad de imprenta que consagraba la constitución de 1869, y falto de apoyo popular, Amadeo dimitió y volvió a Italia. El vacío de poder fue aprovechado por los republicanos para proclamar la República (la votación de las Cortes dio un resultado de 258 votos contra 32).

4.4. LA PRIMERA REPÚBLICA (febrero de 1873- diciembre de 1874).

Se incrementa la inestabilidad al tiempo que continúa la guerra carlista en el norte y la colonial en Cuba. Además los republicanos, escasos en número, estaban divididos entre unitarios y federales. Los monárquicos alfonsinos (en 1870 la ex-reina Isabel II desde el exilio había abdicado en su hijo Alfonso XII) conspiran y aprovechan la situación crítica para ganar partidarios. Se produjeron graves y numerosos disturbios causados por la decepción de los campesinos y obreros hacia la política, puesto que aspiraban a lograr una mejora económica y unos derechos sociales que ni los gobiernos democráticos ni las clases propietarias estaban dispuestos a ceder.
 La gran difusión en España de las doctrinas anarquistas tiene su origen en el descrédito hacia la política de amplios sectores de la clase obrera.


En sólo 11 meses hubo cuatro presidentes de la República (Figueras, Pi y Margall, Salmerón y Castelar) y numerosísimos gobiernos. Durante la presidencia de Francesc Pi y Margall se proyectó una Constitución federal, que no llegaría a aprobarse.
Comienza la sublevación cantonal en diversas ciudades del Sur y Levante, siendo los disturbios particularmente graves en Cartagena. Se trataba de una rebelión política, pero al mismo tiempo con un fuerte contenido social, cercano ideológicamente al anarquismo. El cantonalismo es una degeneración del federalismo y pretendía la creación de pequeños núcleos territoriales de gobierno autónomo. Con la presidencia de Salmerón, republicano unitario, comienza la represión contra los rebeldes, que continúa su sucesor Castelar. Éste se vio desbordado por el desorden interior y por las guerras carlista y cubana iniciadas anteriormente. Finalmente el general Pavía dio un golpe de estado, mandando a la Guardia Civil para disolver las Cortes (4 de enero de 1874). En ese momento se puede decir que ha terminado la República parlamentaria y comienza otra etapa en la que, aunque formalmente el régimen sigue siendo republicano, en la práctica se trata de una dictadura militar.
Provisionalmente se encargaría del gobierno el general Serrano, quien dio al régimen un giro autoritario hacia la derecha. El 12 de enero el cantón de Cartagena se rinde. Meses después el general, Martínez Campos, se pronunciaba declarando a Alfonso XII rey de España, lo que significaba la definitiva desaparición de la I República y la vuelta a la monarquía borbónica El joven rey llegaría del exilio el 14 de enero de 1875, dándose así inicio a una nueva etapa política: la Restauración.


3.- EL CONVENIO DE VERGARA. 31 DE AGOSTO DE 1839. CUARTEL
GENERAL DE VERGARA.
Convenio celebrado entre el Capitán General de los Ejércitos Nacionales D. Baldomero
Espartero y el Teniente General D. Rafael Maroto.
Art. 1º. El Capitán General don Baldomero Espartero recomendará con interés al Gobierno el cumplimiento de su oferta de comprometerse formalmente a proponer a las Cortes la concesión o modificación de los fueros.
Art. 2º. Serán reconocidos los empleos, grados y condecoraciones de los generales, jefes y oficiales, y demás individuos dependientes del ejército del mando del teniente general D. Rafael Maroto, quien presentará las relaciones con expresión de las armas a que pertenecen, quedando en libertad de continuar sirviendo defendiendo la Constitución de 1837, el trono de Isabel 2ª y la Regencia de su augusta Madre, o bien de retirarse a sus casas los que no quieran seguir con las armas de fuego.[…] Art. 4º. Los que prefieran retirarse a sus casas siendo generales y brigadieres obtendrán su cuartel para donde lo pidan con el sueldo que por reglamento les corresponda: los jefes y oficiales obtendrán licencia limitada o su retiro según reglamento. […]
Ratificado este convenio en el cuartel general de Vergara, a 31 de agosto de 1839. – El Duque de La Victoria. – Rafael Maroto.-Vitoria.

4.- REAL DECRETO DECLARANDO LA VENTA DE BIENES DEL CLERO (19 DE  FEBRERO DE 1836).
Atendiendo a la necesidad y conveniencia de disminuir la deuda pública consolidada, y de entregar al interés individual la masa de bienes raíces, que han venido a ser propiedad de la Nación, a fin de que la agricultura y el comercio saquen de ellos las ventajas que no podrían conseguirse por entero en su actual estado (...) conformándome con lo propuesto por el Consejo de Ministros, en nombre de mi excelsa hija la reina doña Isabel II, he venido en decretar lo siguiente:
Artículo 1. Quedan declarados en venta desde ahora todos los bienes raíces de cualquier clase que hubiesen pertenecido a las comunidades y corporaciones religiosas extinguidas y los demás que hayan sido adjudicados a la Nación por cualquier título o  (...)
Artículo 2. Se exceptúan de esta medida general los edificios que el gobierno destine para el servicio público o para conservar los monumentos de las artes, o para honrar la memoria de hazañas nacionales. El mismo gobierno publicará la lista de los edificios que con este objeto deben quedar excluidos de la venta pública.

5.- LA DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ. 1 DE MAYO DE 1855.
Se declaran en estado de venta, con arreglo a las prescripciones de la presente ley, y sin perjuicio de cargas y servidumbres a que legítimamente estén sujetos, todos los predios rústicos y urbanos, censos y foros pertenecientes: al Estado, al clero, a las órdenes militares..., a cofradías, obras pías y santuarios, al secuestro del ex infante Don Carlos, a los propios y comunes de los pueblos, a la beneficencia, a la instrucción pública. Y cualesquiera otros pertenecientes a manos muertas, ya estén o no mandados vender por leyes anteriores.

6.-PROCLAMA DE LOS SUBLEVADOS EN CÁDIZ: 19 DE SEPTIEMBRE DE
1868.
Españoles:
La ciudad de Cádiz, puesta en armas con toda su provincia, con la armada anclada en el puerto... declara solemnemente que niega su obediencia al gobierno que reside en Madrid, segura de que es leal interprete de todos los ciudadanos que no hayan perdido el sentimiento de la dignidad, y resuelta a no deponer las armas hasta que la Nación recobre su soberanía, manifieste su voluntad y se cumpla.
Hollada la ley fundamental, corrompido el sufragio por la amenaza y el soborno, muerto el municipio, pasto de la administración y la hacienda de la inmoralidad, tiranizada la enseñanza, muda la prensa...
Queremos una legalidad común, por todos creada; queremos vivir la vida de la honra y la libertad.
Queremos que un gobierno provisional, que represente todas las fuerzas vivas del país, asegure el orden, en tanto que el sufragio universal echa los cimientos de nuestra regeneración social y política.
Contamos con el concurso de todos los liberales, con el apoyo de las clases acomodadas, que no querrán que el fruto de sus sudores siga enriqueciendo la interminable serie de favoritos; con los amantes del orden, con los ardientes partidarios de las libertades individuales, con el apoyo de los ministros de altar, con el pueblo todo y con aprobación, en fin, de la Europa entera...
Españoles: acudid todos a las armas, único medio de economizar la efusión de sangre.
Sed, como siempre, valientes y generosos. La única esperanza de nuestros enemigos consiste ya en los excesos a que desean vernos entregados...
¡Viva España con honra!
Cádiz, 19 de septiembre de 1868.
Duque de la Torre.- Juan Prim.- Domingo Dulce.- Francisco Serrano.- Ramón Nonvilas.-
Rafael Primo de Rivera.- Antonio Caballero de Rodas.- Juan Topete.

7.- ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1869.
La Nación española y en su nombre las Cortes Constituyentes, elegidas por sufragio universal... decretan y sancionan la siguiente Constitución.
Art. 16. Ningún español que se halle en el pleno goce de sus derechos civiles podrá ser privado del derecho de votar en las elecciones de senadores, diputados a Cortes, diputados provinciales y concejales.
Art. 17. Tampoco podrá ser privado ningún español:
Del derecho de emitir libremente sus ideas...
Del derecho a reunirse pacíficamente.
Del derecho de asociarse para todos los fines de la vida humana...
Art. 21. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica. El ejercicio público o privado de cualquier otro culto queda garantizado...
Art. 32. La soberanía reside esencialmente en la Nación, de la cual emanan todos los poderes.
Art. 33. La forma de Gobierno de la Nación española es la Monarquía.
Art. 34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes. El Rey sanciona y promulga las leyes.
Art. 93. Se establecerá el juicio por jurados...
Art. 108. Las Cortes Constituyentes reformarán el sistema actual del gobierno de las provincias de Ultramar, cuando hayan tomado asiento los diputados de Cuba y Puerto Rico…

8.- AMADEO I RENUNCIA A LA CORONA DE ESPAÑA
Al Congreso:
Grande fue la honra que merecí a la nación española eligiéndome para ocupar su trono. Dos años largos ha que ciño de Corona de España y la España vive en constante lucha. Si fuesen extranjeros los enemigos de su dicha, entonces, al frente de estos soldados, tan valientes como sufridos, sería el primero en combatirlos; pero todos los que con la espada, con la pluma, con la palabra, agravan y perpetúan los males de la Nación son españoles; todos invocan el dulce nombre de la patria, todos pelean y se agitan por su bien...
Entre tantas y tan opuestas manifestaciones de la opinión pública, es imposible atinar cuál es la verdadera, y más imposible todavía hallar el remedio para tamaños males. Lo he buscado ávidamente dentro de la ley y no lo he hallado. Fuera de la ley no ha de buscarlo quien prometió observarla. Nadie achacará a flaqueza de ánimo mi resolución. Estas son, señores diputados, las razones que me mueven a devolver a la Nación, y en su nombre a vosotros, la Corona que me ofreció el voto nacional, haciendo de ella renuncia por mí, por mis hijos y sucesores.
Amadeo.- Palacio de Madrid, 11 de febrero de 1873


9.- ALGUNOS ARTÍCULOS DEL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN DE 1873.

Art. 1. Componen la Nación española los Estados de Andalucía Alta, Andalucía Baja, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla la Nueva, Castilla la Vieja, Cataluña, Cuba, Extremadura, Galicia, Murcia, Navarra, Puerto Rico, Valencia, Regiones Vascongadas.
Los Estados podrán conservar las actuales provincias o modificarlas, según sus necesidades territoriales.
Art. 39. La forma de gobierno de la Nación española es la República federal.
Art. 92. Los Estados tienen completa autonomía económico- administrativa y toda la autonomía política compatible con la existencia de la Nación.
Art. 93. Los Estados tienen la facultad de darse una Constitución política que no podrá en ningún caso contradecir a la presente Constitución.
Art. 96. Los Estados regirán su política propia, su industria, su hacienda, sus obras públicas, sus caminos regionales, su beneficencia, sus instrucción y todos los asuntos civiles y sociales que no hayan sido por esta Constitución remitidos al Poder federal.